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TÍTULO IV. Envases · CAPÍTULO II. Etiquetado · Sección 2.ª Etiquetado de artículos pirotécnicos para vehículos

Artículo 115. Datos que deben figurar en las etiquetas.

Texto oficial de Reglamento de Artículos Pirotécnicos y Cartuchería (2015) (BOE-A-2015-12054). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

Artículo 115. Datos que deben figurar en las etiquetas. — Reglamento de Artículos Pirotécnicos y Cartuchería (2015) · BOE Fácil