real decreto · BOE-A-2015-12054
Real Decreto 989/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 7/11/2015
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia
Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial
Este real decreto aprueba el Reglamento de Artículos Pirotécnicos y Cartuchería, que regula la fabricación, almacenamiento, comercialización, uso y transporte de artículos pirotécnicos y munición de cartuchería, sustituyendo al reglamento de 2010 sobre la misma materia.
A quién afecta: Empresas del sector de la pirotecnia y la cartuchería, entidades colaboradoras de la Administración y usuarios de artículos pirotécnicos.
- Regula la fabricación, almacenamiento, comercialización, uso, transferencia, importación o exportación de artículos pirotécnicos y cartuchería.
- Exige que toda empresa del sector disponga de un seguro u otra garantía financiera de responsabilidad civil y de la autorización correspondiente.
- Clasifica los artículos pirotécnicos y la cartuchería en divisiones de riesgo según su graduación de peligrosidad en la manipulación, almacenamiento y transporte.
- Deroga expresamente el Real Decreto 563/2010, de 7 de mayo, que regulaba anteriormente esta misma materia, sin perjuicio de su aplicación transitoria en los supuestos previstos.
¿Qué sustituye este reglamento de 2015?
Al Real Decreto 563/2010, de 7 de mayo, que hasta entonces regulaba los artículos pirotécnicos y la cartuchería.
¿Qué debe acreditar una empresa del sector de la pirotecnia?
Debe disponer de un seguro u otra garantía financiera de responsabilidad civil y de la autorización correspondiente para su actividad.
Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.
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