TÍTULO VII. Revocación, disolución y liquidación · CAPÍTULO III. Liquidación por el Consorcio de Compensación de Seguros
Disposición adicional cuarta. Consultas, quejas y reclamaciones relacionadas con los seguros de crédito y caución.
El Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, será competente para atender y resolver las consultas, quejas y reclamaciones relacionadas con los seguros de crédito y caución cuando el tomador o el asegurado no ejerzan a título profesional, una actividad industrial, comercial o liberal, o el riesgo se refiere a dicha actividad.
Texto oficial de Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras (BOE-A-2015-13057). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición adicional cuarta. Consultas, quejas y reclamaciones relacionadas con los seguros de crédito y caución. — Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras · BOE Fácil