TÍTULO VII. Revocación, disolución y liquidación · CAPÍTULO III. Liquidación por el Consorcio de Compensación de Seguros
Disposición adicional tercera. Cuantía máxima de cobertura de responsabilidad civil como riesgo accesorio.
Se podrá actualizar por orden ministerial el límite de 61.000 euros que se establece como cuantía máxima de cobertura de responsabilidad civil cuando tenga la consideración de riesgo accesorio conforme a lo establecido en el anexo A) b) de la Ley 20/2015, de 14 de julio, siempre que dicho importe no supere el valor asegurado respecto del riesgo principal.
Texto oficial de Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras (BOE-A-2015-13057). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición adicional tercera. Cuantía máxima de cobertura de responsabilidad civil como riesgo accesorio. — Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras · BOE Fácil