TÍTULO III. Ejercicio de la actividad · CAPÍTULO VII. Régimen especial de solvencia · Sección 2.ª Valoración de provisiones técnicas
Artículo 140. Provisión de siniestros pendientes de declaración.
Texto oficial de Real Decreto de Ordenación y Solvencia de Entidades Aseguradoras (BOE-A-2015-13057). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
