CAPÍTULO III. Normas y modelos de información financiera aplicables a las fundaciones bancarias
Artículo 18. Normas y modelos de información financiera.
1. Las normas y modelos de la información financiera de las fundaciones bancarias a que se refiere el artículo 46.3 de la Ley 26/2013, de 27 de diciembre, se ajustarán a lo dispuesto en este capítulo.
2. Las fundaciones bancarias aplicarán las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos con las particularidades que determine el Banco de España.
Texto oficial de Orden ECC/2575/2015, de 30 de noviembre, por la que se determina el contenido, la estructura y los requisitos de publicación del informe anual de gobierno corporativo, y se establecen las obligaciones de contabilidad, de las fundaciones bancarias (BOE-A-2015-13141). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.