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real decreto · BOE-A-2015-13208

Real Decreto 1085/2015, de 4 de diciembre, de fomento de los Biocarburantes

Estado
Vigente
Publicación
5/12/2015
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de Industria, Energía y Turismo

Este real decreto introduce medidas de fomento de los biocarburantes y otros combustibles renovables con fines de transporte, incorporando parcialmente normativa europea sobre calidad de combustibles.

A quién afecta: Operadores mayoristas y distribuidores minoristas de productos petrolíferos.

  • Fija objetivos obligatorios mínimos de venta o consumo de biocarburantes en contenido energético para el periodo 2016-2026.
  • Los operadores al por mayor y las empresas de distribución minorista de carburantes están obligados a acreditar el cumplimiento de estos objetivos.
  • Las entidades locales y comunidades autónomas deben informar anualmente al Ministerio sobre sus ahorros energéticos y emisiones de CO2 evitadas.
  • Los titulares de instalaciones de distribución independientes pueden informar voluntariamente del origen del combustible que comercializan.
¿Qué objetivo mínimo de biocarburantes se fijó para el año 2016?

El 4,3% en cómputo anual, en contenido energético.

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Historial y versiones

Cada entrada es una reforma real, con su fecha oficial.

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