Esta orden entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 11 de febrero de 2015.–La Ministra de Fomento, Ana María Pastor Julián.
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> <small>Téngase en cuenta que todas las referencias hechas a la Ley 39/2003, de 17 de noviembre, del Sector Ferroviario, deberán entenderse hechas a los preceptos que corresponda de la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del sector ferroviario, según establece la disposición adicional única de la Orden FOM/642/2018, de 13 de junio. [Ref. BOE-A-2018-8016](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2018-8016)</small>
Texto oficial de Incentivos en el Sistema de Cánones Ferroviarios (BOE-A-2015-1365). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final cuarta. Entrada en vigor. — Incentivos en el Sistema de Cánones Ferroviarios · BOE Fácil