orden · BOE-A-2015-14022
Orden ECD/2784/2015, de 18 de diciembre, por la que se regula el reconocimiento del coste de una película y la inversión del productor
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 23/12/2015
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial
Esta orden regula el reconocimiento del coste de una película y la inversión del productor a efectos de las ayudas estatales a la cinematografía, determinando qué gastos se consideran coste, sus límites porcentuales y los procedimientos de acreditación, sustituyendo por completo a la Orden CUL/2834/2009 en esta materia.
A quién afecta: Las empresas productoras cinematográficas que solicitan el reconocimiento del coste de sus películas para acceder a las medidas de fomento e incentivos previstas en la Ley del Cine.
- Fija límites porcentuales sobre el coste de realización de la película para conceptos como la remuneración del productor ejecutivo (5%), los gastos generales (7%), los intereses financieros (20%) o los gastos de publicidad y promoción (40%).
- Incluye como nuevos conceptos reconocibles los intereses de préstamos de personas no vinculadas a la productora y los gastos de traducción a lenguas oficiales o no oficiales por razones de promoción.
- Limita la subcontratación del coste de realización con otros profesionales o empresas de producción, conforme a la Ley General de Subvenciones.
- El Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales puede revisar los informes especiales de auditoría presentados y solicitar un informe complementario a cargo del Instituto.
- Ha sido modificada en varias ocasiones desde 2015, la más reciente en 2025, y cambió su denominación en 2023 para dejar de incluir expresamente 'la inversión del productor' en el título.
¿Qué gastos se consideran coste de una película a efectos de esta orden?
Los efectuados por la productora hasta la copia estándar o master digital, incluyendo remuneración del productor ejecutivo, gastos generales, intereses financieros, publicidad y promoción, adaptación técnica, doblaje y preservación, cada uno con límites porcentuales específicos.
¿Quién puede revisar el coste declarado por la empresa productora?
El Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, que puede revisar los informes especiales de auditoría aportados e incluso solicitar a su cargo un informe complementario para verificar el coste declarado.
Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.
Normas relacionadas
Relaciones detectadas automáticamente por cita textual o por notas oficiales de vigencia del BOE — no editoriales.
- Cita a: Real Decreto 2062/2008, de 12 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine (2 menciones)
- Cita a: Constitución Española (1 menciones)
- Deroga a: Orden CUL/2834/2009, de 19 de octubre, por la que se dictan normas de aplicación del Real Decreto 2062/2008, de 12 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, en las materias de reconocimiento del coste de una película e inversión del productor, establecimiento de las bases reguladoras de las ayudas estatales y estructura del Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales (8 notas)
- Modificada por: Orden CUD/769/2018, de 17 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas previstas en el Capítulo III de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, y se determina la estructura del Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales (1 notas)
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