CAPÍTULO IV. Ayudas a la producción de cortometrajes sobre proyecto y realizados
Artículo 37. Resolución y pago de las ayudas.
1. El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de cuatro meses desde el día siguiente a la fecha límite para la presentación de solicitudes de la correspondiente convocatoria.
2. Las ayudas se harán efectivas mediante un único pago, una vez efectuada la entrega de la copia de la película señalada en el artículo siguiente.
Texto oficial de Orden ECD/2796/2015, de 18 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas previstas en el Capítulo III de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, y se determina la estructura del Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales (BOE-A-2015-14059). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.