CAPÍTULO IV. Ayudas a la producción de cortometrajes sobre proyecto y realizados
Artículo 38. Obligaciones del beneficiario de la ayuda a la producción de cortometrajes realizados.
Además de las obligaciones generales del artículo 9.1, el productor beneficiario deberá entregar una copia de la película, en los términos del artículo 9.2.a) de esta orden, dentro del plazo de un mes a partir de la notificación de la concesión.
Texto oficial de Orden ECD/2796/2015, de 18 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas previstas en el Capítulo III de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, y se determina la estructura del Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales (BOE-A-2015-14059). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.