TÍTULO II. Solvencia de las entidades de crédito · CAPÍTULO II. Colchones de capital
Artículo 70. Procedimiento de fijación del colchón contra riesgos sistémicos superior al 5 por ciento.
Texto oficial de Real Decreto de Ordenación y Solvencia de Entidades de Crédito (BOE-A-2015-1455). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
