CAPÍTULO V. Información sobre los datos del Registro
Disposición final segunda. Facultades de desarrollo.
Se faculta a la Dirección General de la Función Pública a dictar las Instrucciones de desarrollo y aplicación de la presente orden que considere oportunas así como a aprobar en su caso los modelos a lo que deban sujetarse los actos y comunicaciones contemplados en esta Orden.
Madrid 19 de febrero de 2015.–El Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro Romero.
Texto oficial de Registro de Órganos de Representación del Personal en la AGE (BOE-A-2015-3375). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final segunda. Facultades de desarrollo. — Registro de Órganos de Representación del Personal en la AGE · BOE Fácil