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CAPÍTULO VI. Inspección y régimen sancionador

Disposición transitoria segunda. Plazo para el ejercicio de las competencias de control oficial.

Texto oficial de Ley de Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas Protegidas (BOE-A-2015-5288). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

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