CAPÍTULO VI. Inspección y régimen sancionador
Disposición transitoria segunda. Plazo para el ejercicio de las competencias de control oficial.
Texto oficial de Ley de Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas Protegidas (BOE-A-2015-5288). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
