CAPÍTULO V. Control de la situación de incapacidad temporal
Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día primero del sexto mes natural siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 15 de junio de 2015.
**La Ministra de Empleo y Seguridad Social,**
**Fátima Báñez García.**
Texto oficial de Modelos de Partes Médicos de Incapacidad Temporal (BOE-A-2015-6839). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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