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real decreto · BOE-A-2015-710

Real Decreto 9/2015, de 16 de enero, por el que se regulan las condiciones de aplicación de la normativa comunitaria en materia de higiene en la producción primaria agrícola

Estado
Vigente
Publicación
28/1/2015
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de la Presidencia

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

Este real decreto regula las condiciones de aplicación de la normativa comunitaria de higiene en la producción primaria agrícola.

A quién afecta: Explotaciones agrícolas que no destinan íntegramente su producción al consumo doméstico privado.

  • La Dirección General de Sanidad de la Producción Agraria es el órgano nacional de coordinación y punto focal de información en esta materia.
  • Los agricultores deben notificar anualmente su información al Registro General de la Producción Agrícola (REGEPA), en el mismo período que la Solicitud Única de la PAC.
  • Las explotaciones de nueva constitución deben notificarse dentro del mes siguiente al inicio de su actividad.
  • El Programa de Control Oficial de la Producción Primaria Agrícola verifica el cumplimiento de los reglamentos europeos de higiene alimentaria y de piensos.
¿En qué plazo debe notificarse una explotación agrícola de nueva constitución al Registro General de la Producción Agrícola?

Dentro del mes siguiente al inicio de su actividad.

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

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Higiene en la Producción Primaria Agrícola · BOE Fácil