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TÍTULO II. Procedimientos registrales · CAPÍTULO II. Inscripción de la modificación de los estatutos

Artículo 14. Inscripción de la identidad de los titulares de los órganos de representación.

Texto oficial de Real Decreto del Registro de Entidades Religiosas (BOE-A-2015-8643). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

Artículo 14. Inscripción de la identidad de los titulares de los órganos de representación. — Real Decreto del Registro de Entidades Religiosas · BOE Fácil