El peso neto escurrido mínimo exigido en los envases no transparentes de aceitunas será:
1. Para las aceitunas enteras con hueso, el peso neto escurrido mínimo exigido expresado en gramos se establecerá multiplicando la capacidad nominal del envase expresado en gramos por 0,5, redondeando el resultado al alza a múltiplos de 5.
2. Para las aceitunas deshuesadas o rellenas, el peso neto escurrido mínimo exigido expresado en gramos se establecerá multiplicando la capacidad nominal del envase expresado en gramos por 0,4, redondeando el resultado al alza a múltiplos de 5.
La determinación del peso neto escurrido se realizará según se establece en el anexo II.
Texto oficial de Real Decreto 679/2016, de 16 de diciembre, por el que se establece la norma de calidad de las aceitunas de mesa (BOE-A-2016-11953). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 11. Peso neto escurrido mínimo. — Real Decreto 679/2016, de 16 de diciembre, por el que se establece la norma de calidad de las aceitunas de mesa · BOE Fácil