ANEXO. Estatuto de la Biblioteca Nacional de España · CAPÍTULO VI. Régimen de contratación, presupuesto y económico-financiero
Artículo 27. Régimen presupuestario.
De conformidad con la Ley 1/2015, de 24 de marzo, la Biblioteca Nacional de España elaborará anualmente un anteproyecto de presupuesto y lo remitirá al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte para su posterior tramitación de acuerdo con lo previsto en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
Texto oficial de Real Decreto 640/2016, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Biblioteca Nacional de España (BOE-A-2016-11997). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 27. Régimen presupuestario. — Real Decreto 640/2016, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Biblioteca Nacional de España · BOE Fácil