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Artículo 3 bis. Zonas de veda para la pesca del besugo (Pagellus bogaraveo) en aguas del Cantábrico Noroeste y en aguas europeas de las zonas 6, 7 y 8.

Texto oficial de Límite de Desembarques de Besugo en las Zonas CIEM VI, VII y VIII (BOE-A-2016-4349). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.