En caso de vacante, ausencia o enfermedad, y, en general cuando concurra alguna causa justificada, se establece el siguiente régimen de suplencias de los miembros:
a) El presidente será sustituido por el vicepresidente.
b) Los vocales serán sustituidos por los suplentes, que deberán tener, al menos, rango de subdirector general u ocupar un puesto de trabajo de nivel 30 y que serán nombrados por el mismo procedimiento que los titulares.
El secretario será sustituido por un funcionario del grupo A1 de la SGTIC que será designado por el Subsecretario a propuesta del titular de la Subdirección General de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones del Ministerio de Economía y Competitividad.
Texto oficial de Orden ECC/692/2016, de 3 de mayo, por la que se crea la Comisión Ministerial de Administración Digital del Ministerio de Economía y Competitividad y se regula su composición y funciones (BOE-A-2016-4474). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.