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CAPÍTULO V. Vigilancia del mercado de la Unión Europea, control de los ascensores o componentes de seguridad para ascensores que entren en el mercado de la Unión Europea y procedimiento de salvaguardia

Artículo 35. Ascensores, o componentes de seguridad para ascensores, conformes, que presenten un riesgo.

Texto oficial de Real Decreto 203/2016, de 20 de mayo, por el que se establecen los requisitos esenciales de seguridad para la comercialización de ascensores y componentes de seguridad para ascensores (BOE-A-2016-4953). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.