CAPÍTULO II. Expedición del suplemento europeo al título de Doctor
Disposición final quinta. Título competencial.
El presente real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.30.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva sobre la regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de títulos académicos y profesionales.
Texto oficial de Real Decreto 195/2016, de 13 de mayo, por el que se establecen los requisitos para la expedición del Suplemento Europeo al Título Universitario de Doctor (BOE-A-2016-5339). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.