CAPÍTULO II. Transferencia y acceso a los datos del registro
Artículo 8. Formato de la transferencia de datos.
El formato de la transferencia de datos se ajustará a los estándares aprobados en el Esquema Nacional de Interoperabilidad y en las normas técnicas de interoperabilidad reguladas mediante Real Decreto 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad en el ámbito de la Administración Electrónica.
Texto oficial de Orden SSI/890/2017, de 15 de septiembre, por la que se desarrolla el Real Decreto 640/2014, de 25 de julio, por el que se regula el Registro Estatal de Profesionales Sanitarios (BOE-A-2017-10781). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 8. Formato de la transferencia de datos. — Orden SSI/890/2017, de 15 de septiembre, por la que se desarrolla el Real Decreto 640/2014, de 25 de julio, por el que se regula el Registro Estatal de Profesionales Sanitarios · BOE Fácil