TÍTULO I. Disposiciones generales · CAPÍTULO I. De las actuaciones relativas a la contratación de las Administraciones Públicas · Sección 1.ª De la preparación de los contratos de las Administraciones Públicas · Subsección 2.ª Pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas
Artículo 123. Pliego de prescripciones técnicas generales.
Previo informe de la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado, el Consejo de Ministros, a propuesta del Ministro correspondiente, podrá establecer los pliegos de prescripciones técnicas generales a que hayan de ajustarse la Administración General del Estado, sus Organismos Autónomos, Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social y demás entidades que gocen de la condición de Administraciones Públicas integrantes del sector público estatal.
Texto oficial de Ley de Contratos del Sector Público (BOE-A-2017-12902). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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