CAPÍTULO IV. Comparabilidad de comisiones de cuentas de pago
Artículo 18. Sitio web de comparación del Banco de España.
El Banco de España, dispondrá de un sitio web, de acceso gratuito, que permita comparar las comisiones que aplican los proveedores de servicios de pago como mínimo por los servicios incluidos en la lista señalada en el artículo 15. El sitio web incluirá la fecha de su última actualización y posibilitará la descarga completa de esta información de forma puntual y en formatos que faciliten su tratamiento por parte de los usuarios.
Texto oficial de Real Decreto-ley de Cuentas de Pago Básicas (BOE-A-2017-13644). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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