CAPÍTULO V. Régimen sancionador y autoridad competente
Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
El presente Real Decreto-ley entrará en vigor el día de su completa publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 24 de noviembre de 2017.
**FELIPE R.**
**El Presidente del Gobierno,**
**MARIANO RAJOY BREY**
Texto oficial de Real Decreto-ley de Cuentas de Pago Básicas (BOE-A-2017-13644). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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