*Aumentar el uso de las energías renovables para producción de electricidad y usos térmicos en edificación y en infraestructuras públicas, en particular favoreciendo la generación a pequeña escala en puntos cercanos al consumo*
Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
Este real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 16 de junio de 2017.
**FELIPE R.**
**El Ministro de Energía, Turismo y Agenda Digital,**
**ÁLVARO NADAL BELDA**
REAL DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE SUBVENCIONES A PROYECTOS SINGULARES DE ENTIDADES LOCALES QUE FAVOREZCAN EL PASO A UNA ECONOMÍA BAJA EN CARBONO EN EL MARCO DEL PROGRAMA OPERATIVO FEDER DE CRECIMIENTO SOSTENIBLE 2014-2020
Texto oficial de Subvenciones a Entidades Locales para una Economía Baja en Carbono (BOE-A-2017-6897). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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