El incumplimiento de lo dispuesto en la presente orden será sancionado conforme a lo previsto en el título V sobre régimen de infracciones y sanciones de la Ley 3/2001, de 26 de marzo, la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, y, en su caso, la legislación autonómica reguladora del buceo recreativo.
Texto oficial de Orden APM/660/2017, de 30 de junio, por la que se regula la reserva marina de Cabo de Palos-Islas Hormigas, y se define su delimitación y usos permitidos (BOE-A-2017-8146). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 15. Régimen sancionador. — Orden APM/660/2017, de 30 de junio, por la que se regula la reserva marina de Cabo de Palos-Islas Hormigas, y se define su delimitación y usos permitidos · BOE Fácil