Artículo 5. Declaración para la abstención del alto cargo.
La abstención del alto cargo a que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 12 de la Ley 3/2015, de 30 de marzo, se realizará de conformidad con los modelos aprobados al efecto.
Si la abstención se produjera durante la reunión de un órgano colegiado, dicha abstención constará en acta y será comunicada por el secretario del órgano colegiado en el plazo de un mes al Registro de Actividades, de conformidad con los modelos aprobados al efecto.
Texto oficial de Reglamento del Alto Cargo de la Administración General del Estado (BOE-A-2018-13186). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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