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DISPONGO:

Disposición adicional primera. Inclusión de los alimentos para usos médicos especiales en el Sistema Nacional de Salud.

Texto oficial de Comunicación de Alimentos para Grupos Específicos de Población (BOE-A-2018-17776). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

Disposición adicional primera. Inclusión de los alimentos para usos médicos especiales en el Sistema Nacional de Salud. — Comunicación de Alimentos para Grupos Específicos de Población · BOE Fácil