Disposición final segunda. Modificación del apartado 3 del artículo 9 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
Se modifica el apartado 3 del artículo 9 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, añadiendo un nuevo párrafo *in fine* con la siguiente redacción:
«Asimismo, de forma excepcional, se podrá establecer reglamentariamente reducciones a los peajes y cargos para determinadas categorías de consumidores en la modalidad de suministro con autoconsumo caracterizados por ser intensivos en consumo energético o sujetos a estacionalidad, siempre que la modificación propuesta sea consistente con la seguridad y la sostenibilidad económica y financiera del sistema recogido en el artículo 13 de la Ley 24/2013 de 26 de diciembre, así como con la normativa comunitaria de aplicación.»
Texto oficial de Ley de Medidas Urgentes por la Sequía de 2018 (BOE-A-2018-3171). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final segunda. Modificación del apartado 3 del artículo 9 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico. — Ley de Medidas Urgentes por la Sequía de 2018 · BOE Fácil