TÍTULO II. De los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional · CAPÍTULO III. Provisión de los puestos de trabajo
Artículo 25. Desempeño del puesto de Intervención.
1. Corresponde a los Interventores-Tesoreros de categoría superior el desempeño de los puestos de trabajo mencionados en el artículo 13.1 de este real decreto.
2. Corresponde a los Interventores-Tesoreros de categoría de entrada el desempeño de los puestos de trabajo mencionados en el artículo 13.2 de este real decreto.
Texto oficial de Real Decreto de Funcionarios de Administración Local con Habilitación Nacional (BOE-A-2018-3760). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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