TÍTULO I. Los Colegios Oficiales de Arquitectos · CAPÍTULO II. Organización · Sección 2.ª Órganos generales
Artículo 11. El Decano.
El Decano ostenta la representación legal del Colegio, convoca y preside la Asamblea General y la Junta de Gobierno velando por la debida ejecución de sus acuerdos y adoptando en los casos de urgencia las medidas procedentes. También preside las reuniones de los demás órganos colegiales cuando asista y ejerce cuantas otras funciones le asignen los Estatutos de su Colegio.
Texto oficial de Estatutos Generales de los Colegios de Arquitectos (BOE-A-2018-4957). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 11. El Decano. — Estatutos Generales de los Colegios de Arquitectos · BOE Fácil