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real decreto · BOE-A-2019-1789

Real Decreto 46/2019, de 8 de febrero, por el que se regula la pesquería de atún rojo en el Atlántico Oriental y el Mediterráneo

Estado
Vigente
Publicación
9/2/2019
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

Este real decreto regula la pesquería de atún rojo en el Atlántico Oriental y el Mediterráneo, estableciendo las condiciones de la actividad extractiva y la distribución de cuotas.

A quién afecta: Buques pesqueros y almadrabas españoles dedicados a la captura de atún rojo.

  • Se aplica a los buques pesqueros y almadrabas españoles que participan en la pesquería de atún rojo, así como a las granjas de engorde en aguas españolas.
  • La Secretaría General de Pesca establece un censo específico de buques y almadrabas autorizados, organizados en flotas cerradas como la de cebo vivo del Cantábrico o las almadrabas.
  • La cuota asignada a España se distribuye entre las distintas flotas según criterios de ponderación establecidos legalmente, reservando un 0,4 por 100 para contingencias.
  • Los buques y almadrabas con asignación individualizada pueden transmitir sus posibilidades de pesca bajo determinadas condiciones y plazos de solicitud.
¿Qué porcentaje de la cuota española de atún rojo se reserva para contingencias?

El 0,4 por 100, para cubrir capturas que sobrepasen la cuota o realizadas por flotas no censadas.

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

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