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real decreto · BOE-A-1998-2743

Real Decreto 71/1998, de 23 de enero, por el que se regula el ejercicio de la pesca de túnidos y especies afines en el Mediterráneo

Estado
Vigente
Publicación
7/2/1998
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación

Este real decreto regula el ejercicio de la pesca de túnidos y especies afines en el mar Mediterráneo, estableciendo las artes de pesca autorizadas.

A quién afecta: Buques pesqueros españoles que faenan en el Mediterráneo.

  • Se aplica a los buques españoles que pescan túnidos y especies afines en el Mediterráneo, excluidas las aguas interiores.
  • Únicamente se autorizan almadrabas, artes de red de enmalle, artes de cerco con jareta y aparejos de anzuelo.
  • Queda prohibida la captura de pez espada, marrajo, atún rojo y atún blanco con redes de enmalle.
  • La pesca de túnidos queda prohibida en la franja costera situada por dentro de la isobática de 50 metros, salvo con almadraba.
¿Qué artes de pesca están autorizados para capturar túnidos en el Mediterráneo?

Almadrabas y artes análogos, redes de enmalle, artes de cerco con jareta y aparejos de anzuelo.

Normas relacionadas

Historial y versiones

Cada entrada es una reforma real, con su fecha oficial.

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Pesca de Túnidos en el Mediterráneo · BOE Fácil