TÍTULO IV. De la explotación de las modalidades de lotería de las que es titular la ONCE · CAPÍTULO III. De las modalidades de lotería de las que es titular la ONCE
Artículo 101. Modalidades de lotería de las que es titular la ONCE.
Uno. Según lo dispuesto en la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego, la ONCE comercializa en la actualidad tres modalidades de lotería:
– Modalidad de lotería denominada «Cupón de la ONCE».
– Modalidad de lotería denominada «lotería instantánea de boletos de la ONCE».
– Modalidad de lotería denominada «juego activo de la ONCE».
Dos. En el futuro la ONCE podrá comercializar cualquier otra modalidad de lotería que le sea autorizada por el Gobierno de la Nación.
Tres. Dentro de los límites y características definidas en los acuerdos de autorización, cada modalidad de lotería contará con uno o varios productos.
Texto oficial de Orden SCB/1240/2019, de 18 de diciembre, por la que se publica el texto refundido de los Estatutos de la Organización Nacional de Ciegos Españoles (BOE-A-2019-18390). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.