1. Las previsiones contenidas en el artículo único de esta Ley serán de aplicación a partir del inicio del curso escolar inmediatamente posterior a la entrada en vigor de la misma.
2. Con la finalidad de hacer efectivas las previsiones contenidas en esta Ley por parte de las Administraciones Educativas, la Administración General del Estado establecerá un marco de financiación adecuado y suficiente.
Texto oficial de Ley de Mejora de las Condiciones de la Docencia (BOE-A-2019-3307). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final primera. Aplicación. — Ley de Mejora de las Condiciones de la Docencia · BOE Fácil