CAPÍTULO VIII. Competencias delegadas por la persona titular de la Dirección General para el Servicio Público de Justicia
Artículo 33. Delegación de competencias en la persona titular de la Subdirección General de Colaboración Institucional para el Servicio Público de Justicia.
Texto oficial de Orden JUS/987/2020, de 20 de octubre, sobre delegación de competencias (BOE-A-2020-12822). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
