Artículo 13. Coordinación a través del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.
Con la finalidad de garantizar la necesaria coordinación en la aplicación de las medidas contempladas en este real decreto, el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, bajo la presidencia del Ministro de Sanidad, podrá adoptar a estos efectos cuantos acuerdos procedan, incluidos, en su caso, el establecimiento de indicadores de referencia y criterios de valoración del riesgo.
Texto oficial de Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2 (BOE-A-2020-12898). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 13. Coordinación a través del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud. — Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2 · BOE Fácil