TÍTULO III. Mecanismo de compensación a los Consumidores Electrointensivos de los cargos por la financiación de la retribución específica a renovables y cogeneración de alta eficiencia y por la financiación adicional en los territorios no peninsulares · CAPÍTULO II. Procedimiento de gestión de las ayudas
Artículo 33. Garantías y pago.
1. No se exigirá la constitución de garantías a los beneficiarios.
2. Se ordenará el pago de las ayudas, una vez dictada la resolución de concesión y siempre que el régimen de concesión haya sido autorizado por la Comisión Europea.
> <small>Se modifica el apartado 1 por el art. único.14 del Real Decreto 444/2023, de 13 de junio. [Ref. BOE-A-2023-14046](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2023-14046)</small>
> <small>Esta modificación será de aplicación para los consumos efectuados a partir del 1 de enero de 2022, según establece la disposición final 2 del citado Real Decreto.</small>
Texto oficial de Real Decreto 1106/2020, de 15 de diciembre, por el que se regula el Estatuto de los consumidores electrointensivos (BOE-A-2020-16350). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 33. Garantías y pago. — Real Decreto 1106/2020, de 15 de diciembre, por el que se regula el Estatuto de los consumidores electrointensivos · BOE Fácil