Disposición adicional cuarta. Préstamos y anticipos de la política de investigación, desarrollo, innovación y digitalización.
Durante la vigencia de estos presupuestos, la concesión de préstamos y anticipos con cargo a créditos de la política 46 «Investigación, desarrollo, innovación y digitalización» no requerirá de la autorización prevista en la letra a) del apartado Uno de la disposición adicional segunda «Préstamos y anticipos financiados con cargo a los Presupuestos Generales del Estado» de esta ley, cuando el tipo de interés aplicable a los préstamos y anticipos sea igual o superior al tipo de interés Euribor a un año publicado por el Banco de España correspondiente al mes anterior a la aprobación de su convocatoria o, en su caso, al mes anterior a su concesión.
Texto oficial de Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021 (BOE-A-2020-17339). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición adicional cuarta. Préstamos y anticipos de la política de investigación, desarrollo, innovación y digitalización. — Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021 · BOE Fácil