TÍTULO III. Supervisión de los establecimientos financieros de crédito
Disposición transitoria segunda. Sucursales y filiales en el extranjero de establecimientos financieros de crédito existentes a la fecha de entrada en vigor.
Texto oficial de Real Decreto de Régimen Jurídico de los Establecimientos Financieros de Crédito (BOE-A-2020-2613). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
