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TÍTULO IV. De la masa activa · CAPÍTULO VI. De los créditos contra la masa activa · Sección 3.ª De las especialidades en caso de insuficiencia de la masa activa

Artículo 249. Deber de comunicación de la insuficiencia de la masa activa.

Texto oficial de Ley Concursal (BOE-A-2020-4859). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

Artículo 249. Deber de comunicación de la insuficiencia de la masa activa. — Ley Concursal · BOE Fácil