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CAPÍTULO IV. Fomento de la conservación y utilización sostenible de los recursos fitogenéticos y mecanismos para proteger y promover los derechos de los agricultores

Artículo 21. Inclusión de Variedades de conservación y variedades desarrolladas para su cultivo en condiciones determinadas en el Registro de Variedades Comerciales.

Texto oficial de Acceso a los Recursos Fitogenéticos para la Agricultura (BOE-A-2020-4915). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.