Esta orden es aplicable a las licencias, habilitaciones y certificados de pilotos de ultraligero emitidos por la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, para flexibilizar mediante exención ciertos requisitos exigidos en los artículos 6, 7, 9, 10 y 11 recogidos en el Real Decreto 123/2015, de 27 de febrero, por el que se regula la licencia y habilitaciones del piloto de ultraligero.
Texto oficial de Orden SND/457/2020, de 29 de mayo, por la que se adoptan exenciones en el ámbito de las licencias de pilotos de aeronaves ultraligeras con motivo de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 (BOE-A-2020-5468). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 2. Ámbito. — Orden SND/457/2020, de 29 de mayo, por la que se adoptan exenciones en el ámbito de las licencias de pilotos de aeronaves ultraligeras con motivo de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 · BOE Fácil