TÍTULO IV. Otras medidas urgentes para el impulso de la actividad económica y el empleo
Disposición final segunda. Modificación de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.
Se modifica el artículo 79 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, que queda redactado de la siguiente forma:
«Artículo 79. Objeto del Instituto para la Transición Justa, O.A.
El Instituto para la Transición Justa, O.A., tiene por objeto la identificación y adopción de medidas que garanticen a trabajadores y territorios afectados por la transición hacia una economía más ecológica, baja en carbono, un tratamiento equitativo y solidario, minimizando los impactos negativos sobre el empleo y la despoblación de estos territorios.»
Texto oficial de Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica (BOE-A-2020-6621). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.