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CAPÍTULO III. Condiciones de seguridad para determinadas modalidades de buceo · Sección 5.ª Normas de seguridad para buceo de extracción de recursos marinos vivos · Subsección 2.ª Buceo extractivo en técnica de suministro de superficie

Artículo 60. Equipamiento mínimo.

Texto oficial de Real Decreto de Condiciones de Seguridad del Buceo (BOE-A-2020-6745). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

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