CAPÍTULO IV. Protección de la salud y atención médica
Disposición final quinta. Desarrollo normativo, ejecución y aplicación.
1. Se faculta a las personas titulares de los Ministerios de Trabajo y Economía Social, de Agricultura, Pesca y Alimentación, de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, en el ámbito de sus respectivas competencias, para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo normativo y aplicación de este real decreto.
2. Asimismo, en el ámbito de sus respectivas competencias, se les faculta para adoptar las medidas y llevar a cabo las actuaciones precisas para la aplicación del presente real decreto.
Texto oficial de Real Decreto 618/2020, de 30 de junio, por el que se establecen mejoras en las condiciones de trabajo en el sector pesquero (BOE-A-2020-7044). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final quinta. Desarrollo normativo, ejecución y aplicación. — Real Decreto 618/2020, de 30 de junio, por el que se establecen mejoras en las condiciones de trabajo en el sector pesquero · BOE Fácil