CAPÍTULO II. Procedimiento para autorización previa a la importación de las especies incluidas en el Listado
Artículo 5. Inicio del procedimiento.
El procedimiento se iniciará a instancias de interesado, mediante la presentación de la solicitud de autorización de importación y de la documentación preceptiva a la que se refiere el artículo 6. A estos efectos, se considerará interesado a la persona física o jurídica que pretende realizar una importación en el territorio nacional de ejemplares vivos de una especie incluida en el Listado, o de sus restos o propágulos que pudieran sobrevivir o reproducirse.
Texto oficial de Importación de Especies Alóctonas Invasoras (BOE-A-2020-7277). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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